Logo Registraduría Nacional del Estado Civil

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Las de personas que fallezcan dentro del territorio nacional.

Las de colombianos y extranjeros residentes en el país cuyo fallecimiento ocurra en el extranjero. Cuando lo solicite el interesado, se inscribirá la defunción en el consulado correspondiente o en cualquier oficina de registro del país.

Las sentencias judiciales que declaren la presunción de muerte por desaparición.