Votación de la revocatoria de Alcalde de Villamaría (Caldas) no alcanzó el mínimo exigido
Domingo 10 de septiembre de 2017 - Caldas
La Ley 1757 de 2015 prevé que si como resultado de la votación no se revoca el mandato del gobernador o alcalde, no podrá volver a intentarse en lo que resta de su período.
El 9,68% de los ciudadanos habilitados para sufragar acudieron a las urnas.
3.334 ciudadanos votaron por el sí y 200 por el no.
En completa normalidad y sin alteraciones de orden público trascurrió este domingo la jornada de votación en Villamaría (Caldas). “3.726 ciudadanos acudieron a las urnas, cifra inferior al umbral mínimo de 8.809 sufragios requerido para que la revocatoria prosperara” informó el Registrador Nacional del Estado Civil, Juan Carlos Galindo vácha.
De acuerdo con la Ley, para que una revocatoria sea válida es necesaria la mitad más uno de los votos y que el número de sufragios obtenidos no sea inferior al 40% de la votación total válida registrada el día en que se eligió al respectivo mandatario, explicó Galindo Vácha.
De los 38.494 ciudadanos habilitados para votar solo el 9,68% del censo electoral ejerció su derecho al voto en la jornada electoral de hoy.
La Ley 1757 de 2015 prevé que si como resultado de la votación no se revoca el mandato del gobernador o alcalde, no podrá volver a intentarse en lo que resta de su período.
27 minutos después de cerradas las votaciones finalizó el proceso de preconteo de los votos de la revocatoria y el resultado es el siguiente:
Revocatoria de mandato de Villamría (Caldas) Domingo 10 de septiembre de 2017 |
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Concepto | Total votos | ||||||
Votos por el “sí” | 3.334 | ||||||
Votos por el “no” | 200 | ||||||
Votos nulos | 21 | Tarjetas no marcadas | 171 | ||||
Total votos | 3.726 | ||||||
Umbral | 8.809 | ||||||
Potencial Votantes | 38.494 |