Registraduría Distrital invita a los bogotanos designados como jurados de votación a acudir a la capacitación para prestar el servicio
Miércoles 16 de octubre de 2019 - Bogotá
Las sesiones de capacitación se están desarrollando en el parqueadero verde de Corferias y se extenderán hasta el viernes 25 de octubre.
A la fecha, 38.691 jurados de votación, de los 112.470 asignados, han acudido a la capacitación para prestar el servicio en las elecciones de Autoridades Territoriales.
Consulte si fue designado para prestar el servicio en la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil (en la opción “Infovotantes”) o descargue la APP con el mismo nombre.
La Registraduría Distrital hace un llamado a los ciudadanos que fueron designados jurados de votación en Bogotá el próximo 27 de octubre para que acudan a la capacitación gratuita que ofrece la entidad, a fin de prestar un óptimo servicio.
En Bogotá, de los 112.470 ciudadanos designados para prestar el servicio, 38.691 han acudido al parqueadero verde de Corferias (calle 25 #33-60) para participar en las capacitaciones. Las jornadas de instrucción se desarrollan en cuatro sesiones al día: de 8:00 a.m. a 10:00 a.m., de 10:00 a.m. a 12:00 p.m., de 2:00 p.m. a 4:00 p.m y de 4:00 p.m. a 6:00 p.m.
¿Cómo consultar si fue designado jurado de votación?
La Registraduría Nacional del Estado Civil está enviando mensajes de texto a los colombianos designados para prestar el servicio, además habilitó la opción “Infovotantes” en su página web www.registraduria.gov.co para que la ciudadanía haga las consultas correspondientes.
También podrá consultar a través de la aplicación móvil “Infovotantes 2019”, disponible para la descarga en tecnología iOS y Android; en las oficinas de Talento Humano, o en los listados publicados en las alcaldías de cada localidad.
Es importante recordar que el artículo 105 del Código Electoral establece que el cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación; además, prestar el servicio genera un día de descanso compensatorio remunerado, que podrá ser reclamado al empleador dentro de los 45 días siguientes a la prestación del servicio.