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Más de 100.000 personas prestarán su servicio como jurados de votación durante las elecciones de los Consejos de Juventud

Jueves 21 de agosto de 2025 - Nacional

Del 29 de septiembre al 3 octubre y del 14 al 17 de octubre se llevarán a cabo las jornadas de capacitación a los jurados de votación en todo el país.

A partir del 3 de septiembre, los interesados podrán consultar si fueron designados como jurados de votación a través de la página web de la entidad: www.registraduria.gov.co.

Los jurados de votación entre los 14 a 28 años que deseen votar deben hacerlo en la misma mesa en donde presten el servicio. Serán 4 jurados por mesa.

Un total de 100.687 docentes y estudiantes entre los 14 y 60 años (18.134 menores de edad y 82.553 mayores de edad) de instituciones de educación media y superior de carácter público y privado fueron seleccionados como jurados de votación para las elecciones de los Consejos Municipales y Locales de Juventud del próximo 19 de octubre.

Dichos jurados de votación, de los cuales 80.020 son titulares y 20.667 son remanentes, fueron designados mediante sorteos realizados, del 15 al 19 de agosto, en la plataforma dispuesta por la Registraduría Nacional con este fin. Los sorteos contaron con el acompañamiento de representantes de los organismos de control, los comités organizadores de las elecciones de los Consejos de Juventud, las agrupaciones políticas, la Misión de Observación Electoral (MOE), el Consejo Nacional Electoral (CNE) y las autoridades municipales.

A partir del 3 de septiembre, los interesados podrán consultar si fueron designados como jurados de votación en la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil, www.registraduria.gov.co, dando clic en la opción ‘Electoral’ y luego en el botón ‘Consulta Jurado de Votación’. Allí también se informará el lugar, la fecha y la hora de la capacitación.

Las capacitaciones a los jurados de votación en todo el país se llevarán a cabo del 29 de septiembre al 3 octubre y del 14 al 17 de octubre, en los horarios de 8:00 a 10:00 a. m., 10:00 a. m. a 12:00 m., 2:00 a 4:00 p. m y 4:00 a 6:00 p. m. Es de aclarar que quienes no puedan asistir en la fecha y hora en la que fueron citados pueden acudir a otra sesión en los horarios y fechas establecidos en cada municipio.

Es importante señalar que, tal como lo ha reiterado en diferentes oportunidades el registrador nacional del Estado Civil, Hernán Penagos, los jurados de votación desempeñan dos de las tareas más determinantes del proceso electoral: contar los votos y diligenciar de manera manual los formularios E-14 o actas electorales.

También es de reiterar que prestar el servicio de jurado de votación es de carácter obligatorio y que quienes sin justa causa no asistan a desempeñar las funciones o las abandonen podrían ser destituidos del cargo que desempeñan, en caso de ser servidores públicos, y quienes no lo sean deberán pagar una multa de hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes ($14.235.000). En el caso de los menores de edad, deberán contribuir a socializar el Estatuto de Ciudadanía Juvenil a la comunidad joven de su territorio durante cuarenta (40) horas. El rector de la entidad educativa a la que pertenece verificará el cumplimiento de esta disposición.

Los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un (1) día compensatorio de descanso remunerado dentro de los 45 días siguientes a la votación. Por su parte, los jurados de votación menores de edad obtendrán veinte (20) horas de servicio social estudiantil obligatorio.

A continuación, se detallan los jurados de votación designados por departamento:


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