El domingo 25 de agosto los ciudadanos de Achí, Bolívar, acudirán a las urnas para decidir si le revocan o no el mandato a su actual alcalde
Jueves 11 de julio de 2013 - Bolívar
La Ley 134 de 1994 prevé que si como resultado de la votación no se revoca el mandato del alcalde, no podrá volver a intentarse en lo que resta de su período |
– De acuerdo con la Ley 741 de 2002, "procederá la revocatoria del mandato para gobernadores y alcaldes, al ser ésta aprobada en el pronunciamiento popular por la mitad más uno de los votos ciudadanos que participen en la respectiva convocatoria, siempre que el número de sufragios no sea inferior al cincuenta y cinco por ciento (55%) de la votación válida registrada el día en que se eligió al respectivo mandatario".
– En la última elección de alcalde de Achí, los votos válidos ascendieron a 9.716, razón por la cual el umbral de participación para que la revocatoria del alcalde prospere está en 5.344 sufragantes.
La Registraduría Nacional del Estado Civil publicó el calendario electoral para que los habitantes del municipio de Achí, Bolívar, decidan democráticamente en las urnas el domingo 25 de agosto si revocan o no el mandato de su actual alcalde municipal.
De acuerdo con el calendario electoral establecido, el jueves 8 de agosto se designarán las Comisiones Escrutadoras, el viernes 9 de agosto será la designación de los jurados de votación y el miércoles 14 de agosto se publicarán las listas de los jurados de votación.
El domingo 25 de agosto se realizará la jornada de participación ciudadana y ese mismo día una vez se cierren las urnas inicia el escrutinio municipal y en caso de apelación, el martes 9 de julio comenzarán los escrutinios departamentales.
La iniciativa de revocatoria de mandato del alcalde municipal de Achí, Bolívar, Walter Salvador Villacob Hernandez, del Partido Social de Unidad Nacional, radicada el pasado lunes 4 de marzo, superó el mínimo de firmas requerido para convocar a las urnas, luego de la revisión realizada por la Dirección de Censo Electoral de la Registraduría Nacional, decisión que fue confirmada al resolverse el recurso de reposición por parte del registrador municipal de Achí, y el recurso de apelación, por los Delegados Departamentales de la Registraduría en Bolivar.
Como resultado de la revisión de las firmas radicadas en Achí se pudo establecer que de los 1.995 apoyos presentados por los promotores, 1.634 resultaron válidos. Para que la revocatoria prosperara se requerían 1.552 firmas válidas, correspondientes al 40% de los votos obtenidos por el actual alcalde, quien ganó con 3.881 votos en las pasadas elecciones de 2011.
Los 361 apoyos restantes, fueron anulados por ser ilegibles, incompletos, repetidos, por pertenecer a municipios diferentes, por pertenecer a militares activos, por pérdida o suspensión de derechos políticos, o por no estar inscritos en el Archivo Nacional de Identificación, ANI, entre otras razones.
Agotados los recursos de ley, el Registrador Municipal de Achí, Bolívar, mediante Resolución 003 del 10 de julio de 2013 fijó el domingo 25 de agosto de 2013 como fecha para que los habitantes de Achí, Bolívar, acudan a las urnas.
De acuerdo con la Ley 741 de 2002, "procederá la revocatoria del mandato para gobernadores y alcaldes, al ser ésta aprobada en el pronunciamiento popular por la mitad más uno de los votos ciudadanos que participen en la respectiva convocatoria, siempre que el número de sufragios no sea inferior al cincuenta y cinco por ciento (55%) de la votación válida registrada el día en que se eligió al respectivo mandatario".
Para que el mandato del actual alcalde sea revocado se requiere que en la jornada democrática que se convocó para el 25 de agosto se registre una participación equivalente al menos al 55% del total de votos válidos depositados en la elección de alcalde de 2011, y que la mitad más uno vote por el sí. En la última elección de alcalde de Achí, los votos válidos ascendieron a 9.716, razón por la cual el umbral de participación para que la revocatoria del alcalde prospere está en 5.344 sufragantes.
La solicitud de revocatoria de mandato del alcalde de Achí fue radicada el pasado 4 de marzo en la Registraduría Municipal por los ciudadanos Yonaira Saenz Durán y José Pedraza Arrieta.
La Ley 134 de 1994 prevé que si como resultado de la votación no se revoca el mandato del alcalde, no podrá volver a intentarse en lo que resta de su período.
De las 22 solicitudes de revocatorias presentadas en 2013, con ésta ya son ocho las que han superado la etapa de revisión de firmas; de ellas 6 se encuentran en fase de recursos, ya fue votada la de Angostura, Antioquia, y la revocatoria de Achí, Bolívar, será votada el 25 de agosto. Otras 5 solicitudes de revocatoria se encuentran en proceso de revisión de firmas y 9 no superaron la fase de revisión de apoyos.
Desde 1996 y hasta la fecha se han presentado ante la Registraduría Nacional del Estado Civil un total de 102 solicitudes para la revocatoria del mandato de diferentes mandatarios, de las cuales 52 no superaron la primera etapa de revisión de firmas, 6 superaron la revisión de firmas y están en proceso de resolver recursos, 5 se encuentran en revisión de firmas y otras 39 llegaron a las urnas, incluyendo la de Achí, Bolívar. 37 ya se votaron y ninguna ha prosperado porque aunque el voto por el “sí” haya sido mayoritario, no se ha alcanzado el umbral mínimo necesario para revocar el mandato, que equivale al 55% de la votación válida registrada
Revocatorias de mandato radicadas en 2013 |
|||||||||
Lugar |
Fecha de radicación |
Nombre del Mandatario (a) |
Partido o Movimiento Político que lo avala |
Firmas presentadas |
Mínimo de firmas requeridas |
Firmas válidas |
Firmas rechazadas |
Mínimo de votantes para que la revocatoria proceda (55%) |
Resultado |
14 de enero |
Rubén Acuña Galeano |
Partido Social de Unidad Nacional |
232 |
214 |
114 |
118 |
970 |
No Certificada |
|
28 de enero |
Rubén Acuña Galeano |
Partido Social de Unidad Nacional |
287 |
214 |
207 |
237 |
970 |
No Certificada |
|
18 de febrero |
José Miguel Vásquez Arango |
Partido Verde |
1.541 |
1.011 |
1.304 |
237 |
2.452 |
Votada |
|
4 de marzo |
Walter Salvador Villacob Hernández |
Partido Social de Unidad Nacional |
1.995 |
1.552 |
1.634 |
361 |
5.344 |
Será votada el 25 de agosto |
|
7 de marzo |
Neyla Triviño Rojas |
Coalición ASI- Verde |
4.513 |
2.146 |
3.357 |
1.138 |
7.558 |
Certificada, revocada en reposición y en estudio de apelación. |
|
8 de marzo |
Miryam del Carmen Serna Martínez |
Movimiento Autoridades Indígenas de Colombia |
503 |
440 |
417 |
86 |
1.631 |
No certificada |
|
20 de marzo |
María Susana Pórtela Lozada |
Partido Social de Unidad Nacional |
15.736 |
8.421 |
11.349 |
4.387 |
30.756 |
Certificada – En apelación |
|
22 de marzo |
Hernando Julio Manotas Manotas |
Partido Cambio Radical |
1.518 |
1.193 |
1.236 |
282 |
5.670 |
No Certificada |
|
3 de abril |
Arnulfo Miguel Ortega López |
Partido Cambio Radical |
5.005 |
2.630 |
2.773 |
2.232 |
13.157 |
Certificada – En apelación |
|
3 de abril |
William Pastor Bresneider Alvear |
Partido Liberal Colombiano |
757 |
561 |
426 |
331 |
2.303 |
No certificada |
|
4 de abril |
Mario de Jesús Restrepo Pérez |
Partido Liberal Colombiano |
612 |
508 |
467 |
145 |
2.851 |
No certificada |
|
16 de abril |
Tito Iván Barrera Ortega |
Partido Cambio Radical |
670 |
386 |
574 |
96 |
1.762 |
Certificada – En reposición |
|
13. Bogotá D.C. |
18 de abril |
Gustavo Francisco Petro Urrego |
Progresistas |
641.707 |
289.263 |
357.250 |
273.373 |
1.234.214 |
En revisión |
14. La Sierra, Cauca |
10 de mayo |
Huver Ramos Estupiñán |
Partido de Unidad Nacional |
1.101 |
877 |
698 |
400 |
3.078 |
No certificada |
21 de mayo |
Carlos Eduardo Caicedo Omar |
Partido Liberal Colombiano |
29.821 |
29.821 |
22.187 |
19.362 |
80.055 |
No certificada |
|
24 de mayo |
William Pastor Bresneider Alvear |
Partido Liberal Colombiano |
894 |
561 |
661 |
246 |
2.303 |
Certificada – En información y recursos |
|
5 de junio |
Sonia Alejandra Rofríguez Torrente |
Partido Cambio Radical |
818 |
506 |
591 |
227 |
1.652 |
Certificada – En información y recursos |
|
18. Oporapa, Huila |
11 de junio |
Yamid Sterling Sánchez |
Movimiento de Inclusión y Oportunidades |
1.153 |
832 |
69 |
1.091 |
2.951 |
No certificada |
18 de junio |
María Mónica Raigoza Morales |
Partido de Unidad Nacional |
4.906 |
3.683 |
|
|
16.307 |
En revisión |
|
28 de junio |
Katia Isabel Paz Durango |
Partido Liberal Colombiano |
1.491 |
1.331 |
|
|
3.893 |
En revisión |
|
2 de julio |
Franky Henry Gaviria Castaño |
Partido Conservador Colombiano |
971 |
601 |
|
|
1.657 |
En revisión |
|
3 de julio |
Álvaro Bohórquez Osma |
Partido de Unidad Nacional |
3.361 |
3.253 |
|
|
8.794 |
En revisión |
|
Totales |
|
|
|
719.592 |
349.126 |
404.723 |
303.031 |
1.430.328 |
|