La gestión de “alta de la cédula” se realiza en forma automática al cumplirse el tiempo de la sentencia impuesta por el juez que como consecuencia ordenaba afectar sus derechos políticos, recuperando el estado de vigencia de la cédula en el Archivo Nacional de Identificación (ANI) y por lo tanto, habilitando la cédula en el censo electoral.
Únicamente se debe solicitar el restablecimiento de la vigencia cuando a pesar de haberse cumplido el tiempo de la sentencia, la cédula aún se encuentra en estado “vigente con pérdida o suspensión de los derechos políticos” y el trámite no genera ningún costo.
¿Qué debe hacer si una cédula se encuentra en estado “vigente con pérdida o suspensión de los derechos políticos” y ya se cumplió la pena?
Verificar el estado del documento en la página web de la entidad consultando aquí.
Seguimiento: Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de radicación de la solicitud, puede verificar el estado de vigencia del documento consultando aquí.